FICHA VERIFICADA / EDUCACIÓN

La educación se rige por competencias compartidas entre el Estado y las comunidades autónomas.

El artículo 6 bis de la Ley Orgánica de Educación distingue la ordenación general y las enseñanzas mínimas del desarrollo autonómico.

QUÉ PODEMOS AFIRMAR

Lo que sí demuestra.

La ley asigna al Gobierno estatal la ordenación general, las enseñanzas mínimas y la regulación básica de títulos, y reconoce a las comunidades autónomas el ejercicio de sus competencias estatutarias y el desarrollo de la propia ley.

LO QUE NO SE DEDUCE

No ir más allá.

Que un presupuesto, currículo o resultado educativo dependa exclusivamente de un único gobierno, ni qué administración adoptó una decisión concreta.

Hay que consultar además la Constitución, el estatuto y la norma aplicable a la enseñanza y fecha examinadas. Se cita el artículo 6 bis en su redacción tras la reforma de 2020; el texto consolidado del BOE tiene carácter informativo.

ORIGINAL CONSULTABLE

Compruébalo tú mismo.

Norma educativa · texto consolidado informativo

Ley Orgánica 2/2006 de Educación, texto consolidado: artículos 6 y 6 bis

Boletín Oficial del Estado · 4 de mayo de 2006

El artículo 6 bis, tras la reforma de 2020, distribuye las atribuciones estatales y autonómicas. El consolidado permite consultar modificaciones, pero no sustituye al texto oficial publicado en cada fecha.

AYÚDANOS A COMPROBAR

¿Has encontrado un error?

Puedes señalar un problema de esta página sin registrarte ni dejarnos tus datos de contacto.

¿Qué deberíamos revisar?

Máximo 500 caracteres. Explica el fallo o indica la fuente; no incluyas nombres, correos ni otros datos personales.

Página sobre la que avisas

Guardamos recuentos por categoría y página. Si escribes una descripción, la conservamos en privado para revisar el error; no se publica. No podemos responderte individualmente. Los proveedores de infraestructura pueden procesar datos técnicos de conexión. Más información sobre privacidad.

Arriba