Constitución Española
Derechos y distribución competencial; consultar artículos aplicables.
FICHA VERIFICADA / EMPLEO Y SALARIOS
El artículo 149.1.7.ª de la Constitución distingue legislación estatal y ejecución autonómica.
QUÉ PODEMOS AFIRMAR
La atribución constitucional al Estado de la competencia sobre legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por las comunidades autónomas.
LO QUE NO SE DEDUCE
Que toda medida de empleo dependa exclusivamente del Gobierno central, la competencia concreta de un servicio territorial o el resultado de una reforma.
Las políticas de formación, empleo público, servicios de empleo, protección social y ejecución administrativa tienen normas y competencias adicionales. Se debe identificar el instrumento específico.
ORIGINAL CONSULTABLE
Derechos y distribución competencial; consultar artículos aplicables.